La Antártida cubre 14 millones de kilómetros cuadrados e incluye las aguas adyacentes al Polo Sur. Tiene una historia de relacionamiento con los humanos, quienes la contemplaron entre el concepto de res nullius y res communis, es decir, tierra de nadie o tierra de todos. En el invierno, este continente aumenta a 30 millones de kilómetros cuadrados. Constituye el 9.4% de la superficie terrestre y es el cuarto continente en extensión, con una población de 4,000 personas distribuidas en las 70 bases permanentes y 30 estaciones de verano temporales que hay en ese territorio, e propiedad de 42 países.
Los principios que desde hace 64 años rigen el Sistema del Tratado Antártico -como la denominó por primera vez Robert Guyer en 1973- está conformado por dos instrumentos, el Tratado Antártico del 1 de diciembre del 1959 (firmado inicialmente por 12 países y en vigor desde 1961) y el Protocolo sobre Protección del Medio Ambiente de 1991 (Madrid) que la califica como “reserva dedicada a la paz y la ciencia”[1], en busca de un medio de gobernanza mundial para este estratégico territorio, por constituir el mayor almacén de agua dulce (70% del total mundial) , fauna y minerales.
El Perú adhirió a dicho Tratado en abril de 1981[2] y desde entonces, es miembro consultivo, participa de todos sus mecanismos, particularmente las Reuniones Consultivas y el Comité Científico para Investigaciones Antárticas. En 1988, realizó la primera expedición y en 1989 se inauguró la Base Macchu Picchu en la Isla Rey Jorge, dedicada exclusivamente a temas científicos, propios del Sistema Antártico. Durante un tiempo existió la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos, ahora convertida en un Instituto Antártico Peruano (Ley 27870); anualmente el Perú realiza expediciones a la zona, denominadas ANTAR (29 realizadas) y cuenta con un Programa Nacional Antártico del que se desprenden los actos públicos en la materia.
Este mecanismo multilateral sui generis, se caracteriza por priorizar la cooperación y una gobernanza multilateral que suspende cualquier reivindicación individual, como efectivamente lo han hecho varios actores internacionales, con miras a una propiedad internacional de un territorio congelado, difícilmente habitable, aunque utilizable mediante expediciones científicas y la explotación de focas y ballenas. Es la respuesta más importante del derecho y sistema internacionales respecto de este inmenso territorio.
En el camino, diversos países adoptaron decisiones unilaterales reivindicando una soberanía sobre el territorio antártico, muchas veces superpuestas. Todas ellas han quedado “congeladas” desde 1959, pero están allí como expresión del interés de los Estados, por sobre los de la comunidad internacional. Sin embargo, ello no evitó que el continente fuera objeto de las disputas propias de la “Guerra Fría”, como lo demuestra su inclusión en el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR). Curiosamente, las potencias de entonces no suscribieron reivindicación alguna, a la espera de poder hacer uso del conjunto del territorio, en algún momento futuro. La nueva situación internacional, requiere abordar el tema antártico, desde una perspectiva más amplia, de protección y defensa de la humanidad frente a los perjuicios que nosotros mismos hemos causado.
Posteriormente se han suscrito dos tratados más específicos, uno de conservación de recursos vivos marinos antárticos (Canberra, 1980) y otro de conservación de focas antárticas (Londres, 1988), que constituyen el marco regulatorio actualmente vigente. Otros como el de Reglamentación de las Actividades sobre Recursos Mineros Antárticos de 1988 y el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección al Medio Ambiente de 1991, aún no han entrado en vigor. Todos estos instrumentos constituyen el denominado Sistema del Tratado Antártico.
Ahora, observamos con preocupación que están sometidos a los intereses egoístas de determinadas potencias y ponen en peligro los principios acordados de exclusión de armas, ausencia de soberanías nacionales, uso pacífico (proscripción de armas nucleares), amplia libertad de investigación científica; cooperación plena en el desarrollo de actividades en su suelo, y alta preservación del ambiente.
Los nuevos capítulos del desarrollo del derecho y las relaciones internacionales, han agregado complejidad y nuevas preocupaciones a esta región. Es el caso del Nuevo Derecho del Mar desarrollado en los años 80, las distintas zonas y recursos que legisla, incluidos los fondos y subsuelo marinos. Luego, en la siguiente década vendría la preocupación propiamente ambiental y relativa al Cambio Climático que le dan nuevos elementos al interés del mundo por la Antártida.
Ahora bien, ¿cuáles son los retos y principales amenazas que se ciernen sobre el continente antártico y sobre los cuales el Perú, los países de la Región Andina, América del Sur y América Latina en su conjunto, deben adoptar posiciones?
Zona de Paz | Intentos desarrollo de armas; tecnologías de uso dual |
Investigación Científica exclusiva | Otros usos; incluso comerciales |
Explotación equitativa de recursos | Intereses de países desarrollados |
Protección y Conservación | Tema de establecimiento de áreas naturales marinas |
Este delicado régimen jurídico, se encuentra bajo la amenaza de caer en un escenario de competencia estratégica entre las principales potencias, respecto de los 7 países que originalmente identificaron sus derechos sobre parte de dicho continente helado. Es el caso de Australia y sus reclamos territoriales, o la decisión de EEUU de promover una presencia permanente a través de una flota de nuevos rompehielos con capacidad de proyectar “seguridad polar” (Memorándum del 2020[3]). Aunque formalmente EEUU apela a una política en favor de no reconocer soberanías, libre acceso a investigación y defensa de usos pacíficos, lo cierto es que en paralelo hace preparativos de orden geopolítico y militar, para garantizar la libre navegación y el logro de sus intereses nacionales.
Luego, tenemos la volatilidad de las tensiones que se producen en el escenario Indo Pacífico, entre las principales potencias regionales Australia, China, por sus reivindicaciones, visiones y zonas de influencia y el rol de las superpotencias en general. No se puede desechar el interés por desarrollar capacidades estratégicas desde el uso de recursos (agua o minerales), o como espacio de transporte trans antártico.
Formalmente el discurso en defensa del régimen multilateral, pero en la práctica mantiene una práctica de convertirse en una potencial polar, ejercer liderazgo polar y política de nuevas fronteras; tiene vinculaciones con la apuesta de la Ruta de la Seda y la generación de un corredor económico azul en los Mares del Sur. Los militares chinos usan este elemento de bienes comunes para justificar sus derechos sobre la Antártida. La apreciación de la Antártida como espacio de “nuevo conflicto geopolítico”, refleja las diferencias entre la plataforma de seguridad AUKUS (que incluye las diferencias posiciones respecto a reivindicaciones territoriales; Australia reclama el 42% de la Antártida), y del otro lado los intereses de otras superpotencias como China y Rusia. Es uno de los pocos regímenes internacionales en donde aun se puede percibir la “win win situation” que significa la cooperación emprendida por las “cuatro patas” de la mesa Antártida: los países latinoamericanos debemos tener una política común que defienda las capacidades de este régimen.
[1] Aprobado por el Perú mediante Decreto Ley 25950.
[2] Aprobada por Resolución Legislativa 23307 del Congreso.
[3] Memorandum of Safeguarding US National Interests in the Arctic and Antarctic region.